Las ayudas objeto de esta convocatoria tienen su encaje dentro del Plan Estatal de Investigación Científica y Técnica e Innovación (en adelante Plan Estatal I+D+i) 2017- 2020, aprobado por Acuerdo del Consejo de Ministros en su reunión de 29 de diciembre de 2017, a través del Programa Estatal de Promoción del Talento y su Empleabilidad.
El Plan Estatal I+D+i 2017-2020 está integrado por cuatro programas estatales que corresponden a los objetivos generales establecidos en la Estrategia Española de Ciencia y Tecnología y de Innovación 2013-2020 y en la Estrategia Europa 2020, e incluye únicamente las ayudas estatales destinadas a la I+D+i.
Dichos programas son: 1) el Programa Estatal de Promoción del Talento y su Empleabilidad; 2) el Programa Estatal de Generación de Conocimiento y Fortalecimiento Científico y Tecnológico del Sistema Español de I+D+i; 3) el Programa Estatal de Liderazgo Empresarial en I+D+i; y 4) el Programa Estatal de I+D+i Orientada a los Retos de la Sociedad.
El objetivo del Programa Estatal de Promoción del Talento y su Empleabilidad es financiar e incentivar, mediante convocatorias en concurrencia competitiva, la formación y especialización de los recursos humanos en I+D+i e impulsar su inserción laboral, tanto en el sector público como privado, así como facilitar la movilidad internacional y la movilidad dentro del sector público -universidades y organismos de investigación- y entre éste y las empresas. El Programa Estatal de Promoción del Talento y su Empleabilidad está integrado por tres Subprogramas Estatales: Formación, Incorporación y Movilidad.
La presente convocatoria, correspondiente al año 2020, de diversas actuaciones contempladas en el Subprograma Estatal de Formación y en el Subprograma Estatal de Incorporación, del Programa Estatal de Promoción del Talento y su Empleabilidad, en el marco del Plan Estatal de I+D+i 2017-2020 –Ayudas Ramón y Cajal, Ayudas Juan de la Cierva-Formación, Ayudas Juan de la Cierva-Incorporación y Ayudas para personal técnico de apoyo-, se efectúa al amparo de la Orden CNU/692/2019, de 20 de junio, por la que se aprueban las bases reguladoras para la concesión de ayudas públicas en el marco del Programa Estatal de Promoción del Talento y su Empleabilidad en I+D+i del Plan Estatal de Investigación Científica y Técnica y de Innovación 2017-2020 destinadas a personas físicas y organismos de investigación y de difusión de conocimientos.
Las actuaciones incluidas en la presente resolución son las siguientes:
– Ayudas para contratos Ramón y Cajal.
– Ayudas para contratos Juan de la Cierva-formación.
– Ayudas para contratos de personal técnico de apoyo a la I+D+i.
– Ayudas para contratos Juan de la Cierva-incorporación.
Las convocatorias preservarán los principios contemplados en la Carta Europea del Investigador y el Código de Conducta para la Contratación de Investigadores, establecidas para el Espacio Europeo de Investigación.
La Agencia Estatal de Investigación, creada mediante el Real Decreto 1067/2015, de 27 de noviembre, por el que se crea la Agencia Estatal de Investigación y se aprueba su Estatuto, depende del Ministerio de Ciencia e Innovación, a través de la Secretaría General de Investigación y, es el instrumento para la modernización de la gestión pública de las políticas estatales de I+D en España, encargándose de la financiación, evaluación, concesión y seguimiento de las actuaciones de investigación científica y técnica.
La Agencia Estatal de Investigación tiene entre sus funciones, a tenor del artículo 5 de sus estatutos, las siguientes:
a) La gestión de los programas, instrumentos y actuaciones que se le adjudiquen en el marco de los Planes Estatales de Investigación Científica y Técnica y de Innovación.
b) La organización y gestión de la evaluación científico-técnica «ex ante» y «ex post» de las propuestas, actuaciones o iniciativas cuando proceda utilizar criterios de evaluación basados en méritos científicos y técnicos internacionalmente reconocidos, así como aquellos criterios que establezcan las correspondientes convocatorias.
c) La verificación, seguimiento y evaluación posterior de las actividades financiadas por la Agencia y su impacto científico, técnico y socio-económico, así como el control de la justificación del cumplimiento de las condiciones y objetivos de las ayudas recibidas.
Desde principios de año, la experiencia de la COVID-19 ha situado a la ciencia y la innovación en el centro de las soluciones, no solo de la pandemia sino de la reconstrucción del país. Por ello, el Gobierno de España presentó el pasado 9 de julio el plan de choque por la ciencia y la innovación (en adelante, plan de choque), que muestra una clara voluntad de mejorar la financiación de la ciencia en España, que había caído un 5,9 % entre 2010 y 2017 y cuya tendencia no se había podido revertir ante la imposibilidad de aprobar nuevos presupuestos.
El plan de choque propone 17 medidas para impulsar una recuperación rápida de nuestro sistema de ciencia e innovación, que suponen compromisos de inversión en 2020 (396,1 M€) y 2021 (659,9 M€), por un total de 1.056 M€ en ayudas directas al sistema de ciencia e innovación, tanto a las instituciones científicas como a los grupos de investigación universitarios y clínicos, así como a la I+D+i de sectores empresariales estratégicos. A esta inversión hay que sumar un total de 508 M € en préstamos en condiciones ventajosas a empresas innovadoras, a partir de los nuevos instrumentos de promoción de la I+D+i privada.
Además, estos fondos del plan de choque serán complementados en los próximos cuatro años 2021-2024 con importantes recursos provenientes del Fondo de Recuperación de la UE, que inyectará en los Estados Miembros una cantidad de recursos sin precedentes, en forma de transferencias, inversiones directas y préstamos adicionales, destinados precisamente a la recuperación del nivel económico con un modelo mucho más sostenible a futuro.
Las ayudas convocadas mediante esta resolución se engloban en las medidas del plan de choque. En concreto, la medida 8, consistente en incrementar los programas de atracción y retención de talento investigador, contempla un aumento en la financiación de los programas Juan de la Cierva y Ramón y Cajal en un 30% en las convocatorias de 2020 y de 2021, comprometiendo un incremento en la inversión de 56 M€ en total.
El resultado de esta medida se concreta, respecto de la convocatoria 2019, en el incremento de las retribuciones y ayudas de un 5% y del número de ayudas convocadas de un 24% en los programas Ramón y Cajal, Juan de la Cierva-incorporación y Juan de la Cierva-formación.
La presente resolución, que aprueba la convocatoria de ayudas para diversas actuaciones contempladas en el Subprograma Estatal de Formación y en el Subprograma Estatal de Incorporación, correspondiente al año 2020, se dicta conforme a lo dispuesto en los artículos 10 y 23 de la Ley 38/2003, de 17 de noviembre, General de Subvenciones y en los artículos 14 y 15 de la Orden CNU/692/2019, de 20 de junio.
Esta resolución, asimismo, se dicta al amparo de lo establecido en el artículo 149.1.15ª de la Constitución, que atribuye al Estado la competencia exclusiva en el fomento y coordinación general de la investigación científica y técnica.
ÍNDICE
CAPÍTULO I Aspectos comunes a todas las actuaciones
Artículo 1. Objeto.
Artículo 2. Régimen de concesión y normativa aplicable.
Artículo 3. Órganos competentes para la instrucción y resolución del procedimiento.
Artículo 4. Comunicaciones entre la Administración y las personas interesadas.
Artículo 5. Requisitos generales de las entidades beneficiarias.
Artículo 6. Modalidad de financiación.
Artículo 7. Presupuesto de la convocatoria.
Artículo 8. Concurrencia y acumulación de ayudas.
Artículo 9. Principios que han de respetar los proyectos en los que participen las personas contratadas.
Artículo 10. Plazos de presentación de las solicitudes.
Artículo 11. Revisión de las solicitudes.
Artículo 12. Propuesta de resolución y trámite de audiencia.
Artículo 13. Resolución de concesión y régimen de recursos.
Artículo 14. Obligaciones de las entidades beneficiarias.
Artículo 15. Modificación de la resolución de concesión.
Artículo 16. Control de las ayudas.
CAPÍTULO II Características específicas de las ayudas Ramón y Cajal
Artículo 17. Finalidad de las ayudas.
Artículo 18. Requisitos de las entidades solicitantes.
Artículo 19. Requisitos de las personas candidatas en la línea de ayudas para la contratación.
Artículo 20. Características de las ayudas.
Artículo 21. Régimen de compatibilidades.
Artículo 22. Forma de presentación de las solicitudes.
Artículo 23. Contenido de las solicitudes de los Centros de I+D.
Artículo 24. Resolución de los Centros de I+D elegibles.
Artículo 25. Contenido y documentación de las solicitudes de las personas candidatas.
Artículo 26. Evaluación y selección de las solicitudes de las personas candidatas.
Artículo 27. Acuerdos de incorporación entre Centros de I+D y las personas seleccionadas.
Artículo 28. Presentación de contratos e incorporación de las personas seleccionadas.
Artículo 29. Pago de las ayudas.
Artículo 30. Régimen de justificación.
Artículo 31. Seguimiento económico.
Artículo 32. Seguimiento científico-técnico.
Artículo 33. Cambios de Centro de I+D.
Artículo 34. Interrupción de la ayuda.
CAPÍTULO III Características específicas de las ayudas Juan de la Cierva-formación
Artículo 35. Finalidad de las ayudas.
Artículo 36. Requisitos de las entidades solicitantes.
Artículo 37. Requisitos de las personas participantes.
Artículo 38. Características de las ayudas.
Artículo 39. Régimen de compatibilidades.
Artículo 40. Forma de presentación de las solicitudes.
Artículo 41. Contenido y documentación de las solicitudes.
Artículo 42. Evaluación y selección de las solicitudes.
Artículo 43. Presentación de contratos e incorporación de las personas seleccionadas.
Artículo 44. Pago de las ayudas.
Artículo 45. Régimen de justificación.
Artículo 46. Seguimiento económico.
Artículo 47. Seguimiento científico-técnico.
Artículo 48. Cambio de equipo de investigación y/o de Centro de I+D.
Artículo 49. Interrupción de la ayuda.
CAPÍTULO IV Características específicas de las ayudas para personal técnico de apoyo
Artículo 50. Finalidad de las ayudas.
Artículo 51. Requisitos de las entidades solicitantes.
Artículo 52. Requisitos del personal técnico participante.
Artículo 53. Características de las ayudas.
Artículo 54. Forma de presentación de las solicitudes.
Artículo 55. Contenido y documentación de las solicitudes.
Artículo 56. Evaluación y selección de las solicitudes.
Artículo 57. Presentación de contratos e incorporación de las personas seleccionadas.
Artículo 58. Pago de las ayudas.
Artículo 59. Régimen de justificación
Artículo 60. Seguimiento económico.
Artículo 61. Seguimiento científico-técnico.
Artículo 62. Interrupción de la ayuda.
CAPÍTULO V Características específicas de las ayudas Juan de la Cierva-incorporación
Artículo 63. Finalidad de las ayudas.
Artículo 64. Requisitos de las entidades solicitantes.
Artículo 65. Requisitos de las personas participantes.
Artículo 66. Características de las ayudas.
Artículo 67. Régimen de compatibilidades.
Artículo 68. Forma de presentación de las solicitudes.
Artículo 69. Contenido y documentación de las solicitudes.
Artículo 70. Evaluación y selección de las solicitudes.
Artículo 71. Presentación de contratos e incorporación de las personas seleccionadas.
Artículo 72. Pago de las ayudas.
Artículo 73. Régimen de justificación.
Artículo 74. Seguimiento económico.
Artículo 75. Seguimiento científico-técnico.
Artículo 76. Cambio de equipo de investigación y/o de Centro de I+D.
CAPÍTULO VI
Régimen de recursos y efectos de la convocatoria
Artículo 78. Recursos contra la convocatoria.
Artículo 79. Efectos.
Disposición adicional única. Prórroga de los contratos formalizados conforme a convocatorias anteriores de las Ayudas Ramón y Cajal.
ANEXO I. Criterios de evaluación.
ANEXO II. Áreas temáticas.
CONVOCATORIA 2020-2021 AYUDAS JUAN DE LA CIERVA, RAMÓN Y CAJAL Y PERSONAL TÉCNICO DE APOYO